OFERTA PÚBLICA CON ESVOE INC. PARA LA TRANSFERENCIA DE FONDOS

1. Disposiciones generales

1.1. El presente contrato es una oferta pública de "ESVOE Inc." (en lo sucesivo, "la Institución Financiera") a un número ilimitado de particulares para la prestación de servicios en moneda nacional sin apertura de cuentas, en particular mediante el uso de instrumentos electrónicos de pago API) y la posterior transferencia de fondos en efectivo a los Destinatarios (en lo sucesivo, "el Servicio"); y desarrollado de conformidad con los requisitos de los Sistemas Internacionales de Pago VISA International y MasterCard International Payment Rules, las Reglas Internas de Transferencia de Fondos y otros actos de derecho internacional público.
1.2. Este acuerdo entra en vigor entre las partes desde el momento del conocimiento y sus términos son los mismos para todos los consumidores. El hecho de que el consumidor inicie la transferencia de fondos (pulsando el botón "Pagar") certifica la aceptación plena e incondicional de los términos de este Contrato Público (aceptación de la oferta), y también indica que el consumidor entiende el significado de sus acciones, todos los términos del contrato son claros para él, no está afectado , engaño, violencia, amenazas, etc. y ahora se define como Pagador.

2. Términos y definiciones

2.1. Los términos se utilizan en el sentido siguiente Pagador - persona desde cuya cuenta se inicia la transferencia de fondos mediante un API o mediante la formación y presentación de un documento correspondiente para la transferencia;
Comisión - la cantidad de dinero pagada por el Pagador a la Institución Financiera por realizar la operación de transferencia de fondos de acuerdo con la Política de Tarifas de la Institución Financiera, cuya versión actual está publicada en info@esvoepay.com;
Transferencia - el movimiento de una determinada cantidad de fondos con el fin de transferirla a la cuenta del Destinatario;
Destinatario - la persona a la que se abona el importe de la transferencia;
Sistema de pago - sistema de pago VISA Internacional y MasterCard Internacional;
Tratamiento de datos personales - cualquier acción o conjunto de acciones tales como recogida, registro, acumulación, almacenamiento, adaptación, modificación, renovación, uso y distribución (distribución, venta, transferencia), personalización, destrucción de datos personales, incluyendo el uso de sistemas de información (automatizados).
Datos personales - información o conjunto de información sobre una persona física identificada o que puede ser identificada específicamente;
Identificación - proporcionar al Pagador y/o Destinatario los documentos y/o información necesarios para aclarar su identidad;
Servicios relacionados - Servicios prestados por terceros, incluyendo la creación y mantenimiento de una cuenta de Pagador, la creación, entrega y clasificación de cuentas de Beneficiario, el procesamiento de datos de ETC, la entrega de un recibo en papel al Pagador para confirmar una Transacción, la prestación de un soporte de Asistencia Técnica al Pagador para diversos tipos de comunicación y otros servicios necesarios para un servicio de Pagador de calidad.
Dispositivo de pago es un software que permite al Pagador familiarizarse con los términos de la transferencia, formar un documento de transferencia (orden de pago), recibir un documento que confirma la transferencia (recibo, cheque), a saber: sitio, cajero automático, sistema de banca por Internet, terminal de pago, dispositivo móvil, etc. El dispositivo de pago puede utilizarse para efectuar el pago mediante un API;
Sitio Web - un sitio de Internet administrado por una Institución Financiera, Banco, Destinatario, etc. Que integra un conjunto de archivos y software de aplicación destinados a realizar transacciones para el pago de bienes, obras o servicios utilizando un API (sus requisitos) en Internet y es responsable PCI DSS. (Payment Card Industry Data Security Standard) requisitos de seguridad.
PCI DSS (Payment Card Industry Data Security Standard): lista de requisitos de seguridad para los API y sus titulares elaborada por Payment Systems.
Instrumento Electrónico de Pago (API) es un instrumento de pago (tarjeta de pago, etc.) que sirve como medio de identificación por el cual el titular de este instrumento inicia la transferencia de fondos desde el Pagador respectivo o cuenta bancaria, así como otras transacciones. Con la ayuda de un API se crean documentos sobre operaciones con el uso de un API o se prestan otros servicios a los titulares del API.
2.2. Otros términos utilizados en este Contrato Público se utilizan en los significados definidos y utilizados en la legislación internacional que rige los pagos electrónicos.

3. Objeto del contrato

3.1. El presente contrato define las condiciones, los términos, el procedimiento de transferencia de fondos, la cuantía de la comisión, los principios de ejecución de los documentos de transferencia, la retirada de los documentos de transferencia, el procedimiento de resolución de conflictos entre la Institución Financiera y el Ordenante en el proceso de transferencia de fondos (recepción de pagos) a favor de los Destinatarios, según el modo de funcionamiento definido por la Institución Financiera.
3.2. En los términos del Contrato Público, el Pagador confía, y la Institución Financiera acepta, los fondos del Pagador recibidos en la cuenta corriente de la Institución Financiera mediante la adquisición de APIs, aceptando fondos de los bancos que tienen relaciones contractuales con los Pagadores, para su posterior transferencia al Beneficiario Pagador.
3.3. Los fondos se transfieren dentro de 2 (dos) días bancarios, pero en cada caso dentro de un máximo de tres días bancarios desde el momento de la iniciación de la transferencia por el Pagador.

4. Orden de transferencia de fondos y coste de los servicios

4.1. En la pantalla del dispositivo de pago aparece la lista de los beneficiarios que pueden ser utilizados para efectuar un pago. La institución financiera transfiere los fondos a favor de los Destinatarios con los que la Institución Financiera ha concluido los contratos o los detalles especificados por el Pagador.
4.2. El Ordenante, habiendo aceptado los términos del Contrato Público, se compromete a pagar durante la transferencia cualquier tasa por la transferencia de fondos establecida por la Institución Financiera y otros pagos siempre que la información sobre el importe de las tasas / pagos sea puesta en conocimiento del Ordenante (incluso mediante la visualización del Dispositivo de Pago) inmediatamente antes del inicio de la operación de transferencia de fondos. La institución financiera informa al Pagador que el derecho a recibir la comisión puede ser transferido a la institución financiera por los bancos u otras personas propietarias de los Dispositivos de Pago, si la Institución Financiera utiliza sus Dispositivos de Pago para transferir fondos en condiciones contractuales.
4.3. La cuantía de las comisiones se determina y modifica por decisión de la Institución Financiera en la Política de Tarifas y puede variar en función del importe del pago, el Beneficiario, la categoría de los Pagadores, el tipo de API, tipo de tarjeta de pago o sistema de pago. La comisión puede establecerse como un porcentaje del importe de la Transferencia o como un importe fijo. No obstante, si el Pagador ha utilizado los servicios de la Institución Financiera, con ello se compromete a realizar la operación de transferencia de fondos en las condiciones de pago de las comisiones establecidas por la Institución Financiera.
4.4. Como resultado de iniciar una transacción financiera sobre la Transferencia del Pagador, se emitirá a favor del Pagador un recibo y/o cheque en el que se indicará el importe de la transferencia de fondos, el importe de la comisión / pago retenido, otra información estipulada por la legislación y las normas del Sistema de Pagos. Si las condiciones técnicas del recibo y/o cheque lo permiten, podrán ser emitidos por separado para la transferencia de fondos (pago) y para la operación de retención de comisiones.
4.5. Un recibo y/o comprobante para confirmar el inicio de una Transferencia puede ser proporcionado mostrándolo en la pantalla del Dispositivo de Pago y/o en forma impresa si el Dispositivo de Pago proporciona tal oportunidad y/o enviando una carta a la dirección de correo electrónico proporcionada por el Pagador.
4.6. Advertencia. El recibo y/o cheque confirman el hecho del inicio de la Transacción por parte del Pagador, pero no pueden garantizar la recepción de fondos en la cuenta del Destinatario en los casos especificados en este contrato. Dichos fondos están sujetos a reembolso inmediato a la cuenta del Pagador, pero en cualquier caso dentro de los 10 (diez) días bancarios siguientes a la iniciación de dicho reembolso.
4.7. En caso de que el Ordenante deba realizar y/o cumplimentar algún dato para realizar la Transferencia, el Ordenante será responsable de cumplimentar los requisitos. La entidad financiera no es responsable de la correcta cumplimentación de los datos financieros y otros datos del Destinatario, a favor del cual se transfieren los fondos y los fondos se transfieren de acuerdo con los datos especificados por el Ordenante.
4.8. Si el Ordenante inicia la transferencia de fondos utilizando los IAE del Sistema de Pagos, el Ordenante y la Institución Financiera están sujetos a las obligaciones derivadas del presente acuerdo de conformidad con las normas del Sistema de Pagos.
4.9. La Institución Financiera identificará al Ordenante y a los Destinatarios, salvo disposición en contrario, en la forma y de acuerdo con los requisitos establecidos en las Normas Internas de Transferencia de Fondos vigentes en la fecha de la transferencia. El API es un medio de identificación del Ordenante.

5. Derechos y obligaciones

5.1. Una institución financiera puede:
5.1.1. prestar al Ordenante el Servicio de transferencia de fondos sin abrirle una cuenta, incluso utilizando el API, y percibir una comisión por la prestación del Servicio;
5.1.2. establecer límites a la cantidad que el Pagador puede transferir en el periodo de tiempo adecuado;
5.1.3. celebrar acuerdos con bancos, otras instituciones financieras, operadores de infraestructuras de pago e implicar a otros terceros con el fin de gestionar el pago del Pagador y prestar al Pagador los Servicios Relacionados;
5.1.4. denegar al Pagador la realización de la Transacción en caso de que el Proveedor no facilite la información proporcionada y/o los documentos necesarios, así como si existen motivos razonables para creer que el Pagador comete acciones encaminadas a deteriorar la calidad de los Servicios, utiliza los API robados o la Transferencia tiene indicios de ser falsa o indebida;
5.1.5. suspender la ejecución de la Transferencia en caso de sospecha de seguimiento financiero u otros motivos previstos en la legislación vigente.
5.1.6. suspender la prestación de servicios por un período no superior a 24 horas para el período de trabajos preventivos previstos, eliminación de fallos o deficiencias identificadas;
5.1.7. modificar unilateralmente, de forma independiente, en función de las condiciones del mercado, la cuantía de las tarifas del Servicio, introducir otros servicios de pago;
5.1.8. modificar unilateralmente la configuración, el diseño, los gráficos del Sitio y del Dispositivo de Pago, siempre que ello no limite el alcance y la calidad del Servicio.
5.2. El ordenante tiene derecho a:
5.2.1. tener igualdad de acceso a los Servicios, a su recepción puntual y de calidad;
5.2.2. ponerse en contacto con la Institución Financiera para obtener aclaraciones y la rápida transmisión de información relativa a la Transferencia;
5.3.La Institución Financiera deberá
5.3.1. garantizar el funcionamiento fiable y la operación ininterrumpida de los sistemas durante la prestación del Servicio, prestar el Servicio de Transferencia en los términos de este acuerdo y de conformidad con la legislación vigente de Ucrania;
5.3.2. proporcionar, incluso mediante la visualización del Dispositivo de Pago, información completa sobre las condiciones, el importe de la comisión y las normas de la Transferencia;
5.3.3. proporcionar un apoyo informativo adecuado al Pagador, publicar información de contacto actualizada y posibles medios de comunicación en la Página Web y en los Dispositivos de Pago.
5.4. El Pagador está obligado a:
5.4.1. cumplir la legislación aplicable y los términos de este acuerdo;
5.4.2. iniciar una Transferencia únicamente utilizando un API que le pertenezca legalmente;
5.4.3. efectuar el pago del Servicio de acuerdo con la Política de Tarifas de la Institución Financiera;
5.4.4. negarse a realizar una transferencia en caso de desacuerdo con cualquiera de las disposiciones del presente Acuerdo;
5.4.5. al utilizar el Servicio, no violar los derechos de terceros;
5.4.6. informar al emisor del hecho de la pérdida del API o del compromiso de los datos del API.

6. Responsabilidad de la entidad financiera y del ordenante

6.1. La Institución Financiera será responsable ante el Pagador en relación con la Transferencia, de conformidad con la ley y los términos de este Acuerdo.
6.2. La institución financiera no es responsable de la calidad de los canales públicos de comunicación y de los cortes de energía, así como de la red de datos a través de la cual se accede al Servicio.
6.3. La entidad financiera sólo es responsable de la pérdida real documentada. En cualquier caso, el importe máximo de responsabilidad no podrá superar el importe de la Transferencia.
6.4. La entidad financiera no se hace responsable de la incapacidad temporal, mal funcionamiento, errores y disfunciones del Software o del Sitio, así como de las posibles pérdidas del Ordenante.
6.5. El Ordenante es responsable del cumplimiento de la información proporcionada por el Ordenante al iniciar la Transferencia, en particular en lo que respecta a los datos del Titular, información de contacto, etc.
6.6. La entidad financiera no será responsable de las consecuencias del incumplimiento por parte del Ordenante, del Titular o del Banco del Titular de sus obligaciones, así como de los litigios que puedan surgir entre el Ordenante y el Titular en relación con la calidad o cantidad de los bienes, obras o servicios pagados por el Ordenante.
6.7. La entidad financiera no será responsable ante el titular del API si la Transferencia fue iniciada por otra persona que obtuvo acceso al API o a los datos del API.
6.8. La institución financiera quedará exenta de responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente acuerdo si dicho incumplimiento se debe a circunstancias de fuerza mayor como consecuencia de acontecimientos de carácter extraordinario, tales como hostilidades, huelgas, desórdenes, accidentes, catástrofes naturales, cambios en la legislación y otras circunstancias de carácter extraordinario que afecten directamente al cumplimiento de los términos del presente acuerdo y que no hubieran podido preverse o evitarse mediante acciones razonables.

7. Datos personales

7.1. La institución financiera tendrá derecho a procesar los datos personales y otra información del ordenante si llega a su conocimiento con ocasión de la prestación del Servicio, incluso con el fin de ofrecer nuevos servicios o prestaciones. Se garantiza al ordenante el derecho a mantener la confidencialidad de los datos personales, teniendo en cuenta la condición de la Institución Financiera como sujeto principal del control financiero.
7.2. La Institución Financiera se compromete a no revelar ninguna información que se conoció durante la prestación del Servicio a terceros distintos de los que participan en la Persona de Financiación y participan en la prestación del Servicio, incluyendo: bancos, operadores de infraestructuras de pago y similares.
7.3. El Pagador confirma el consentimiento de la Institución Financiera para la transferencia de dichos Datos Personales y otra información a dichos terceros de conformidad con los términos de este párrafo y no requerirá la notificación de la transferencia de Datos Personales.
7.4. El plazo de conservación de los datos personales es de 10 años a partir de la fecha de celebración del presente acuerdo.
7.5. Al aceptar este acuerdo, el Pagador como sujeto de Datos Personales, acepta voluntariamente el procesamiento de los datos personales del Pagador y confirma que ha sido informado sobre la inclusión de sus Datos Personales en la Base de Datos de Datos Personales, y que es consciente de sus derechos determinados por la ley.
7.6. La institución financiera podrá utilizar la información de contacto (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono) especificada por el Pagador al iniciar la Transferencia con el fin de: proporcionar un recibo, informar sobre cambios en los términos de la prestación del Servicio, notificación de nuevos servicios, aclarar los detalles especificados por el Pagador al iniciar las Transferencias, informar al Pagador de los motivos por los que no se realizan las Transferencias, informes sobre diversas promociones, eventos de marketing, programas o actividades promocionales o encuestas. La entidad financiera se compromete a no vender ni ceder la información a terceros distintos de los implicados en la Transferencia.

8. Reembolso

8.1. Un documento de pago ejecutado utilizando un API puede ser retirado por el Pagador antes de cargar el importe de los fondos en su cuenta presentando un documento de retirada al banco que presta servicios a este Pagador (el emisor). El documento de pago sólo puede retirarse en su totalidad. El documento de retirada será redactado por el Pagador de forma arbitraria y será certificado por él en el orden establecido por el emisor.
8.2. Tras la recepción de los fondos en la cuenta del Titular, cualquier reclamación del Pagador relativa al reembolso se enviará directamente al Titular.
8.3. En caso de transferencia falsa, indebida o no prestación al Titular del producto / obra / servicio acordado, el procedimiento para protestar la transferencia es a través del emisor. El plazo de protesto no podrá exceder de 180 (ciento ochenta) días después de la iniciación de la Transferencia.
8.4. Los reembolsos se realizan en su totalidad y en el caso de iniciar una Transferencia utilizando un API - sólo en el mismo API.
8.5. En caso de iniciación por parte del Pagador de la Transferencia en beneficio del Titular indebido o por un importe que no se ajustaba a las intenciones del Pagador, el Pagador se pondrá en contacto independientemente con el Titular con una solicitud de reembolso y acordará el procedimiento para su devolución.

9. Duración del contrato

9.1. El presente Contrato entrará en vigor en el momento de la iniciación de la Transferencia por parte del Pagador y permanecerá en vigor hasta que las Partes cumplan sus obligaciones en virtud del presente Contrato.

10. Procedimiento de modificación y rescisión del contrato

10.1. La institución financiera se reserva el derecho de modificar periódicamente y sin previo aviso los términos del presente Contrato, incluida la Política de Tarifas, mediante la publicación de una nueva versión del Contrato en el Sitio. En este caso, los nuevos términos del Servicio son obligatorios para el Pagador desde el momento de la publicación de una nueva versión de este Acuerdo, a menos que otro término de los cambios entre en vigor, a menos que se especifique lo contrario cuando se publiquen.

11. Procedimiento de resolución de litigios

11.1. La institución financiera tiene como objetivo ayudar a resolver cualquier problema o disputa que pueda surgir con el Pagador. En caso de no poder resolver cualquier disputa de forma y en un plazo aceptables para el Pagador, dicha disputa será resuelta por el Tribunal Arbitral.
11.2. La Institución Financiera no será responsable de la calidad de los servicios, obras o bienes del Titular y no responderá de las obligaciones del Titular frente al Pagador.
11.3. La Institución Financiera declara y garantiza que cualquier queja o reclamación del Pagador, ya sea oral o escrita, que pueda derivarse del presente Acuerdo, será considerada por la Institución Financiera. Asimismo, tomará todas las medidas necesarias para satisfacer la queja o reclamación del Pagador si dicha queja o reclamación es corroborada por la Institución Financiera

12. Disposiciones finales

12.1. Todas las solicitudes de los Pagadores serán consideradas por la Institución Financiera en la forma en que se reciban dichas apelaciones a la Institución Financiera.
12.2. Información de contacto de la Institución Financiera: ESVOE Inc. No 7326442
Ubicación: 651 N Broad St, Suite 201 Middletown, DE 19709
 
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